Para Asegurados con Usuario y Contraseña

y para uso interno.


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PARA USO DE AGENTES

505428


 

1646

 

Chrome

 

 

191539-3

 

 

95011

 

 

  5073

 

 

300-P

Individual

por CHROME

  

20852

por Explorer

 

IDENTIFICACIÓN DE PLANES DE GMM DE MAPFRE

Antes de internarte en un hospital, da aviso a MAPFRE para evitar aguna penalización.

DESCRIPCIÓN DE CAMIONES DE USO COMERCIAL

 

     31898


 

 

19181

19979 Vida

 

 

 

005493

 

 

87814

 

9852

por Explorer

Seguros INTERNACIONALES

 

 

9455

 

 

867

Grupo Élite Insignia, Agente de Seguros, S.A. de C.V.

 

Plaza LUA / Parvada

Río Missouri 600 L26

Colonia Santa Engracia, C.P. 66267

San Pedro Garza García, Nuevo León

 

Teléfono Oficina:

812-512-0022

 

Teléfonos de contacto:

811-600-4886

811-866-4086

 

E-mail:

[email protected]

 

Web:

www.GrupoEliteInsignia.com.mx

 

 

 

 

Identificación del Cliente

Artículo 492 de la LGISMS

 

 

 

Artículo 492. Prevención de Lavado de Dinero (antes artículo 140) 

 

 

Grupo Élite Insignia, Agente de Seguros, S.A. de C.V. se caracteriza por su compromiso en el cumplimiento de las Leyes que rigen a nuestra operación, por lo que debemos recordar que desde el pasado 04 de abril de 2015, entró en vigor la nueva Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas (LISF), la cual recoge las obligaciones de los Agentes de Seguros en materia de Prevención de Lavado de Dinero en su artículo 492, señaladas antes en el artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS).

 

Por lo anterior y conforme a lo establecido en la disposición tercera transitoria de la LISF, seguirán aplicándose las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 140 de la LGISMS, hasta en tanto la autoridad emita las nuevas disposiciones relativas al artículo 492 de la nueva Ley.

Adicionalmente, debemos recordar que es responsabilidad de las aseguradoras y de cada agente cumplir con estas disposiciones rápida y eficientemente, por lo que es importante mantenerse capacitado en lo relacionado a esta disposición.

 

Para cumplir con los requisitos que señala la Ley, las aseguradoras y los agentes deben solicitar a sus asegurados lo que la ley obliga. Por lo que es importante estar al pendiente de cualquier información relevante sobre este tema. 

 

Para cumplir con estas disposiciones las aseguradoras nos piden utilizar algunos formatos de Identificación del Cliente y los Beneficiarios, los cuales se deben bajar de sus portales para su llenado y firma. Los formatos se deben entregar adjuntando a los mismos los documentos que apliquen dependiendo de si el asegurado es persona moral o persona física.

 

Ejemplo de la documentación que debe solicitarse a los asegurados:

 

Copia de Acta Constitutiva

Copia de los poderes del Representante Legal (por lo general aparecen en la misma acta constitutiva de la empresa)

Copia del RFC de la empresa

Copia de Comprobante de Domicilio de la empresa

Copia de Identificación del Representante Legal